l Arraigo Laboral es una de las vías más utilizadas en España para conseguir los papeles, o un permiso de residencia que te habilite a vivir y trabajar aquí. Pero también genera muchas dudas en las personas que no terminan de entender los requisitos fundamentales para poder aplicar.
Esta es una guía completa acerca de los requisitos, los documentos y los pasos que debes seguir para pedir el arraigo laboral en España de forma satisfactoria.
Los requisitos para solicitar tu permiso de residencia por arraigo laboral con los siguientes:
En relación con este requisito, recuerda que debes haber trabajo un mínimo de 6 meses si trabajabas, al menos, 30 horas a la semana. También podrás solicitar un arraigo laboral si has trabajado un mínimo de 15 horas semanales durante un periodo total de 12 meses.
Para solicitar tu arraigo laboral en España con éxito, debes disponer de los siguientes documentos:
Recuerda que los certificados de antecedentes penales caducan. El plazo de caducidad general es de tres meses, salvo que en el propio certificado se indique otra fecha distinta de duración. Nuestra recomendación es que pidas siempre este documento al final, una vez que tengas claro que cumples con todos los requisitos y que tienes los documentos necesarios para evitar que se caduquen.
Sí, si puedes.
Simplemente recuerda que para solicitar tu arraigo laboral, debes encontrarte en situación irregular. Esto significa que no puedes tener ninguna autorización de residencia en vigor, o un proceso de asilo en trámite. Para solicitar tu arraigo laboral, deberás solicitar ante la Subdirección General de Protección Internacional (también conocida como Oficina de Asilo y Refugio) el desistimiento de tu expediente (es decir, renunciar a tu asilo). Es importante que esta renuncia la hagas antes de solicitar tu arraigo laboral.
Por otro lado, como principal novedad, las oficinas de extranjería están empezando a admitir la tramitación de estos expedientes con el mero justificante de haber solicitar el desistimiento de tu asilo.
Es importante que tengas en cuenta si la oficina de extranjería de la provincia en la que resides permite solicitar el arraigo laboral con solo haber solicitado el desistimiento del expediente para asegurarte que tu expediente vaya a ser admitido a trámite. En todo caso, en provincias como Madrid y Barcelona, se está admitiendo plenamente la solicitud del arraigo laboral con simplemente haber solicitado el desistimiento a la Subdirección General de Protección Civil.
Sí, si puedes. Puedes solicitar tu arraigo laboral si has estado de alta en la Seguridad Social como autónomo un mínimo de seis meses en los últimos dos años. Da igual el número de horas que hayas trabajado a la semana como autónomo, lo importante es que hayas pagado un mínimo de seis cuotas.
La administración dispone de un plazo de tres meses para resolver tu expediente. En todo caso, la duración concreta de tu solicitud de arraigo laboral depende del tiempo de tramitación de las oficina de extranjería de la oficina en la que resides.
Por ejemplo, en Madrid o Valencia el plazo de resolución de estos expedientes se encuentra actualmente en cinco meses. En las provincias más pequeñas, este plazo suele ser menor, alrededor de los tres meses. En todo caso, depende de cada provincia.
Tristemente, no es posible. Durante todo el periodo de tiempo de duración de tu arraigo laboral no puedes estar de alta en la Seguridad Social. Recuerda que para solicitar el arraigo laboral es necesario que estés en situación irregular, por lo que no es posible solicitar el arraigo laboral y estar, a la vez, de alta en la Seguridad Social.